AL2

Documento corporativo

Código de Gobierno Corporativo

AL2 Investment Colombia S.A.S

"La gestión eficaz no es simplemente hacer lo que es legal o rentable; es, sobre todo, actuar con integridad y responsabilidad. Un verdadero liderazgo empresarial se mide no solo por los resultados financieros, sino por la capacidad de la organización de actuar con rectitud, transparencia y compromiso con la sociedad" (Peter Drucker).

En AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S, comprendemos que el éxito de nuestra operación no se sustenta únicamente en una gestión eficaz y rentable, alineada con la normativa que rige nuestra actividad, sino, de manera esencial, en la rectitud de nuestro actuar y en los valores que orientan cada una de nuestras decisiones. Por ello, creemos firmemente que un gobierno corporativo sólido constituye un pilar fundamental para fortalecer tanto nuestra gestión interna como las relaciones comerciales que establecemos con nuestros clientes, accionistas, proveedores, intermediarios y colaboradores.

Convencidos de que la integridad, el respeto, la transparencia y la confianza, como principios rectores de nuestra organización, deben trascender el ámbito declarativo y materializarse en prácticas concretas, hemos desarrollado un documento de autorregulación denominado Código de Gobierno Corporativo. Este instrumento recoge las medidas y lineamientos diseñados para consolidar una cultura organizacional basada en la ética, fortalecer la confianza y el valor percibido por todos nuestros grupos de interés, y asegurar la mayor percepción de transparencia en nuestra gestión.

En dicho Código se establecen pautas claras de conducta y actuación para los miembros de la Junta Directiva, directivos, funcionarios e intermediarios, promoviendo en todo momento el buen criterio, la responsabilidad y la prudencia frente a eventuales situaciones de conflicto ético o de interés. Asimismo, se fomenta el conocimiento y la observancia permanente de nuestros principios y valores corporativos, de la legislación y regulación aplicables, así como de las políticas internas que rigen la organización, incentivando la consulta a las instancias correspondientes cuando surjan dudas sobre la conducta apropiada en situaciones específicas.

En AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S, estamos plenamente comprometidos con un gobierno corporativo sólido, transparente y ético, orientado a garantizar la confianza, la seguridad y la excelencia en todas nuestras operaciones y relaciones, y a consolidar un desempeño sostenible que aporte valor a largo plazo para la organización y la sociedad.

PRESENCIA INTERNACIONAL

AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S desarrolla sus actividades tanto en el mercado nacional como en el internacional, con presencia y proyección de operaciones en el estado de Florida, Estados Unidos, fortaleciendo sus relaciones comerciales y estratégicas en el marco de su estrategia de crecimiento institucional y financiero.

En este contexto, la compañía promueve la adopción y aplicación de estándares de buen gobierno corporativo, transparencia y gestión responsable, los cuales orientan el desarrollo de sus actividades y las relaciones que mantiene con sus accionistas, clientes, aliados estratégicos, proveedores, colaboradores y demás grupos de interés.

En consonancia con lo anterior, AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S fomenta al interior de su estructura organizacional la observancia de políticas orientadas al Gobierno Corporativo, la ética empresarial, el control interno y la gestión integral de riesgos, velando permanentemente por el mantenimiento de altos niveles de transparencia, integridad y confianza en todas sus actuaciones.

De igual manera, la sociedad supervisa el cumplimiento de las normas internas de gobierno corporativo y de conducta ética, garantizando que los mecanismos de auditoría, control interno y gestión de riesgos contribuyan al adecuado funcionamiento de la organización y a la confiabilidad de la información financiera presentada a sus accionistas y demás grupos de interés.

OBJETIVO

Definir un conjunto de principios, normas y buenas prácticas de gobierno corporativo que sirvan como guía para la conducta y toma de decisiones de AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S, y que regulen de manera armónica la interacción entre la Junta Directiva, los órganos de administración, dirección y control, los colaboradores y los distintos grupos de interés. Este marco busca consolidar una cultura organizacional basada en la confianza, la ética y la transparencia, promoviendo una gestión íntegra, sostenible y eficiente, que respalde el desarrollo de la sociedad y fortalezca sus relaciones con clientes, accionistas, aliados estratégicos y demás partes vinculadas.

ALCANCE

Las disposiciones del Gobierno Corporativo son de obligatorio cumplimiento para los accionistas, miembros de la Junta Directiva, administradores, colaboradores, intermediarios y demás personas que actúen en nombre o representación de la sociedad.

MARCO ÉTICO Y DE AUTORREGULACIÓN

AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S adopta el presente instrumento de autorregulación con el propósito de promover y consolidar una cultura organizacional basada en los principios de integridad, respeto, transparencia y confianza. Este código establece lineamientos claros de conducta y actuación que orientan el comportamiento de sus integrantes, con el fin de prevenir conflictos, fortalecer la confianza de los grupos de interés y garantizar una gestión transparente, ética y responsable en el desarrollo de sus actividades.

PRINCIPIOS DE GOBIERNO CORPORATIVO

Nuestro gobierno corporativo se sustenta en los siguientes principios fundamentales:

  • Ética e integridad: Es el compromiso permanente de actuar con honestidad, coherencia y rectitud en todas las decisiones y conductas, manteniendo la congruencia entre lo que se piensa, se dice y se hace, incluso en situaciones de presión o ausencia de supervisión.
  • Respeto: Es el reconocimiento y la valoración de la dignidad, los derechos y las opiniones de todas las personas y grupos de interés, promoviendo relaciones basadas en la consideración, la equidad y el trato justo en todos los ámbitos de actuación.
  • Transparencia: Es la disposición de comunicar de manera clara, veraz, oportuna y accesible la información relevante sobre la gestión, decisiones y operaciones de la organización, permitiendo la rendición de cuentas y fortaleciendo la confianza de los grupos de interés.
  • Confianza: Es el resultado de un comportamiento consistente, ético y responsable, que genera credibilidad y seguridad en las relaciones con clientes, accionistas, colaboradores y demás partes interesadas, sustentando vínculos sólidos y de largo plazo.

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Nuestra organización cuenta con órganos de dirección y supervisión que garantizan una gestión eficiente y responsable:

  • Asamblea de Accionistas: Es el máximo órgano social de AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S y ejerce sus funciones de conformidad con la ley, los estatutos sociales y el presente Código. Dentro de sus facultades se está; definir las directrices generales de la sociedad, aprobar los estados financieros y la distribución de utilidades. Elegir y remover miembros de la Junta Directiva y demás órganos que establezcan los estatutos, aprobar reformas estatutarias, decidir sobre operaciones estratégicas relevantes, velar por la protección de los derechos de los accionistas. Este órgano tendrá reuniones ordinarias, extraordinarias, presenciales, no presenciales y por votación.
  • Junta Directiva: Es el órgano responsable de la dirección estratégica y supervisión de la administración de la sociedad. Supervisa la estrategia corporativa, asegura la sostenibilidad de la afianzadora y vela por el cumplimiento de los principios de gobierno corporativo. Este órgano tendrá reuniones ordinarias, extraordinarias, presenciales, no presenciales y por votación. La junta directiva deberá contar siempre con un presidente y un secretario, sus funciones estarán consignadas en el reglamento interno y, cuando aplique, en los estatutos. Podrá constituir comités especializados que actúen como órganos de estudio y apoyo para analizar detalladamente materias de mayor complejidad técnica. Estos comités podrán ser permanentes o temporales y tendrán la facultad de presentar recomendaciones que contribuyan a una toma de decisiones más efectiva.
  • Presidente. Es el líder del órgano de administración. Asegura que la junta directiva fije e implemente la dirección estratégica de la entidad. Actuar como enlace entre los accionistas, la junta directiva y los demás grupos de interés. Coordina y planifica el funcionamiento de la junta directiva, estableciendo su plan anual de trabajo. Convoca a las reuniones directamente o a través del secretario de junta. Prepara el orden del día de las reuniones conjuntamente con el gerente/representante legal y el secretario. Vela por la entrega oportuna de la información a los miembros de junta directiva y hace seguimiento a los acuerdos del órgano colegiado. Preside las reuniones y modera los debates. Lidera el proceso de evaluación anual de la junta directiva.
  • Secretario. Es responsable de apoyar el adecuado funcionamiento de este órgano, asegurando el cumplimiento de sus procedimientos, la correcta documentación de sus actuaciones y la observancia de la legalidad en la toma de decisiones. El Secretario podrá o no ser miembro de la Junta Directiva. En caso de que desempeñe simultáneamente un cargo ejecutivo dentro de la entidad, deberá preservar su independencia frente al gerente o presidente. En este escenario, su nombramiento y remoción corresponderán exclusivamente a la Junta Directiva. Entre sus principales funciones se encuentran apoyar la convocatoria a las reuniones de la Junta Directiva de acuerdo con el plan anual; suministrar a sus miembros información completa, veraz y oportuna que facilite la deliberación y la toma de decisiones; y custodiar la documentación social de la entidad, dejando constancia fiel del desarrollo de las sesiones en los libros de actas y certificando los acuerdos adoptados por los órganos sociales. Asimismo, el Secretario vela por la legalidad formal de las actuaciones de la Junta Directiva, garantizando que los procedimientos establecidos y las reglas de gobierno corporativo sean debidamente observados.
  • Representante legal: Ejecuta la estrategia definida por la Junta Directiva. Garantiza el cumplimiento del Código y las políticas internas. Administrar los recursos de manera eficiente y transparente
  • Comité de auditoría: Es un comité de carácter permanente, tiene su propia reglamentación, en la que constan detalles sobre su conformación, materias, funciones, operación y, en especial, los canales y mecanismos de coordinación con la junta directiva. Es el órgano encargado de supervisar el cumplimiento normativo, la conducta ética y los procesos dentro de la empresa. Evalúa la efectividad del sistema de control interno. Promueve la conducta ética y la observancia del Código. Revisa informes de auditoría interna y externa. Canaliza denuncias o reportes de irregularidades. Este órgano tendrá reuniones ordinarias dos veces al mes de forma presencial. Este comité debe estar integrado, como mínimo, por un miembro independiente de la junta directiva y será un órgano de apoyo y asesoría un órgano de apoyo y asesoría para la junta directiva en la toma de decisiones en materia de control, auditoría interna, gestión de riesgos, información financiera y el relacionamiento con la revisoría fiscal.

A las reuniones del comité de auditoría podrán asistir, en calidad de invitados, los miembros de la alta gerencia (gerente/presidente) de la entidad y el revisor fiscal, y de forma permanente, el líder de la función de control interno y riesgos o quien que haga sus veces.

  • Comité de Riesgos y Análisis: Es el órgano encargado de evaluar los riesgos financieros y operativos, asegurando la efectividad de los controles internos y la adecuada constitución de contragarantías. Verifica el funcionamiento de dichos controles, recomienda acciones de mitigación de riesgos y valida el cumplimiento de las obligaciones principales afianzadas. Asimismo, gestiona y programa las dispersiones de pago. Este órgano se reunirá una vez por semana de manera presencial.
  • Comité de Convivencia Laboral: Es responsable de promover un ambiente de trabajo respetuoso, armónico y libre de conductas que puedan afectar la dignidad de los trabajadores. Su función principal es prevenir, identificar y tramitar las quejas relacionadas con presunto acoso laboral, analizando las situaciones que se presenten entre los empleados y procurando soluciones mediante el diálogo y la conciliación. Asimismo, el comité realiza seguimiento a los casos presentados, formula recomendaciones para mejorar las relaciones laborales y promueve acciones de prevención, contribuyendo al bienestar del personal y al cumplimiento de la normativa laboral vigente.
  • Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST): Es un organismo de participación conformado por representantes del empleador y de los trabajadores, encargado de promover y vigilar el cumplimiento de las normas y programas de Seguridad y Salud en el Trabajo dentro de la empresa. Su función principal es prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales, mediante la identificación de riesgos, la formulación de recomendaciones para mejorar las condiciones de trabajo y el seguimiento a las medidas implementadas por la empresa. Asimismo, el comité participa en investigaciones de incidentes y accidentes laborales, promueve campañas de prevención y fomenta la cultura de autocuidado, contribuyendo al bienestar, la protección y la seguridad de todos los trabajadores.
  • Comité de Inversiones: Es responsable de definir y supervisar las políticas de suscripción de garantías y la política de inversiones de la afianzadora, evaluar periódicamente el desempeño y la rentabilidad del portafolio de inversiones, así como analizar los riesgos asociados a clientes, contratos y contragarantías, velando por la adecuada gestión y control del riesgo financiero y del riesgo técnico propio de la actividad afianzadora. Asimismo, se encarga de desarrollar y analizar estudios financieros orientados a la evaluación y afianzamiento de personas tanto en Colombia como en el exterior, identificar oportunidades de inversión, apoyar y recomendar a la Junta Directiva decisiones estratégicas relacionadas con la aceptación o rechazo de negocios relevantes, y promover la realización de estudios, análisis y capacitaciones internacionales que fortalezcan las estrategias financieras y el desarrollo institucional de la entidad.

ACCIONISTAS

AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S reconocerá como accionista a toda persona natural o jurídica que figure inscrita como titular de acciones en el Libro de Registro de Accionistas de la sociedad, o en documento privado debidamente diligenciado conforme a la normativa aplicable.

Los accionistas constituyen un elemento esencial dentro de la estructura de gobierno corporativo de la sociedad. En tal sentido, la compañía garantiza el respeto y la protección de los derechos, deberes y prerrogativas que les corresponden, de conformidad con la legislación vigente, los estatutos sociales y las disposiciones contenidas en el presente Código de Gobierno Corporativo.

La sociedad promoverá una relación permanente y constructiva con sus accionistas, basada en los principios de transparencia, trato equitativo, respeto por sus derechos, acceso oportuno y suficiente a la información relevante, y participación informada en las decisiones sociales.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS

a. Convocatoria a las reuniones: Se realizará conforme a lo establecido en la ley y en los estatutos sociales. Adicionalmente, la sociedad podrá utilizar medios electrónicos, tales como correo electrónico u otros canales digitales, con el fin de informar oportunamente a los accionistas sobre la convocatoria y el orden del día de las reuniones, garantizando así el acceso a la información y la participación informada.

b. Derecho de inspección: Con la antelación prevista en la ley o en los estatutos sociales para las reuniones ordinarias, la sociedad pondrá a disposición de los accionistas en su domicilio principal o por medios electrónicos, los estados financieros, el informe de gestión de los administradores y demás documentos necesarios para el adecuado ejercicio del derecho de inspección y para la toma de decisiones informadas.

c. Dirección e instalación de la Asamblea: Las reuniones de la Asamblea serán presididas por el Representante Legal de la sociedad o por la persona que designen los accionistas presentes. Actuará como secretario quien sea designado para tal efecto durante la reunión. Una vez instalada la Asamblea, se procederá a verificar el quórum, aprobar el orden del día y desarrollar los asuntos sometidos a consideración.

d. Orden del día: El orden del día propuesto para cada reunión deberá presentar de manera clara y separada los asuntos a tratar, procurando una secuencia lógica de los temas. La sociedad procurará evitar la inclusión de puntos genéricos como “varios” u “otros asuntos”, salvo cuando sea estrictamente necesario. Los accionistas podrán presentar propuestas o solicitudes para incluir temas en la agenda con la debida antelación a la convocatoria.

e. Información a los accionistas: Los accionistas podrán solicitar información o aclaraciones sobre los temas incluidos en el orden del día durante el periodo de ejercicio del derecho de inspección o en el desarrollo de la reunión. La sociedad garantizará el acceso a la información necesaria para la toma de decisiones, sin perjuicio de las restricciones legales relativas a información confidencial o reservada.

f. Clases de reuniones: La Asamblea General de Accionistas se reunirá de manera ordinaria dentro de los tres (3) primeros meses de cada año para examinar la situación de la sociedad, considerar los estados financieros del ejercicio anterior, decidir sobre la distribución de utilidades y adoptar las decisiones que correspondan para el adecuado desarrollo del objeto social.

Igualmente, podrá reunirse de manera extraordinaria cuando las necesidades de la sociedad lo requieran, previa convocatoria realizada conforme a la ley y los estatutos.

g. Suspensión de la Asamblea: Cuando circunstancias especiales lo justifiquen, la Asamblea podrá suspender la reunión con el fin de restablecer las condiciones necesarias para su adecuado desarrollo, o posponerla por decisión de los accionistas presentes que representen la mayoría de las acciones representadas en la reunión.

h. Intervenciones de los accionistas: Durante el desarrollo de la reunión, los accionistas podrán intervenir respecto de los asuntos incluidos en el orden del día. Cada intervención deberá guardar relación con el tema tratado y podrá estar sujeta a límites razonables de tiempo establecidos por quien presida la reunión, con el fin de garantizar la participación ordenada.

i. Quórum deliberatorio y decisorio: Constituye quórum para deliberar y decidir el número de accionistas que represente la mayoría de las acciones suscritas, salvo que la ley o los estatutos establezcan una mayoría especial para determinadas decisiones. Por regla general, las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos correspondientes a las acciones representadas en la reunión, teniendo en cuenta que cada acción dará derecho a un voto.

j. Actas: De lo ocurrido en las reuniones de la Asamblea se dejará constancia en el correspondiente Libro de Actas, el cual será firmado por el presidente y el secretario de la reunión o por quienes sean designados para tal efecto, conforme a la ley.

k. Diferencias entre accionistas: Las diferencias de criterio que puedan presentarse entre los accionistas respecto de la gestión, operaciones o decisiones de la sociedad serán tratadas y resueltas conforme a la ley, los estatutos sociales y los mecanismos de solución de controversias que la sociedad adopte.

l. Elecciones y votaciones: Las elecciones y votaciones que correspondan a la Asamblea se realizarán conforme a las reglas establecidas en la ley, los estatutos sociales y las disposiciones del presente Código de Gobierno Corporativo.

MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA

AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S. reconocerá como miembro de la Junta Directiva a toda persona natural debidamente elegida por la Asamblea General de Accionistas para integrar dicho órgano, que haya aceptado su designación y no se encuentre incursa en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, conforme a la ley, los estatutos sociales y las disposiciones del presente Código de Gobierno Corporativo.

La conformación de la Junta deberá responder a criterios de experiencia, independencia, diversidad y disponibilidad de tiempo. La remuneración será fijada por la Asamblea en atención a sus responsabilidades y dedicación, pudiendo establecerse diferencias para el Presidente de la Junta.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA

a. Gobierno Corporativo y Cumplimiento: La Junta Directiva será responsable de garantizar la implementación efectiva del presente Código de Gobierno Corporativo, velando por su cumplimiento, actualización y mejora continua. Así mismo, establecerá lineamientos claros para la toma de decisiones, con especial atención en aquellas que involucren conflictos de interés o relaciones con partes vinculadas, asegurando condiciones de equidad, transparencia y protección del interés social.

b. Ética, Integridad y Transparencia: La Junta Directiva promoverá activamente una cultura ética al interior de la Compañía, asegurando que todas las actuaciones se desarrollen bajo criterios de integridad, honestidad y respeto por la ley.

Podrá establecer mecanismos internos para la gestión de asuntos éticos, incluyendo la evaluación de conflictos de interés y la adopción de medidas correctivas cuando sea necesario. La responsabilidad sobre la conducta organizacional será indelegable y objeto de seguimiento permanente.

c. Dirección Estratégica y del Negocio: Corresponde a la Junta Directiva definir, aprobar y hacer seguimiento a la estrategia general de la Compañía, así como a sus principales iniciativas de crecimiento, inversión y desarrollo. En este sentido, deberá evaluar periódicamente el desempeño del negocio, la ejecución de los planes definidos y la capacidad de la organización para adaptarse a las condiciones del entorno.

d. Alta Dirección: La Junta Directiva tendrá a su cargo la designación, evaluación y eventual remoción del Representante Legal y de los principales directivos de la Compañía. Deberá asegurar que quienes ocupen estos cargos cuenten con las competencias profesionales, la experiencia y la calidad humana necesarias para liderar la organización, así como con plena alineación a los valores y principios corporativos. Igualmente, promoverá la existencia de mecanismos que garanticen la continuidad del liderazgo y la adecuada gestión del conocimiento dentro de la empresa.

e. Gestión de Riesgos y Control: La Junta Directiva velará por la existencia de sistemas adecuados de control interno, gestión de riesgos y cumplimiento normativo, acordes con el tamaño y naturaleza de la Compañía. Deberá supervisar la calidad de la información financiera, la confiabilidad de los reportes y la correcta administración de los recursos, adoptando las medidas necesarias frente a cualquier situación que represente un riesgo relevante para la organización.

f. Funcionamiento y Toma de Decisiones: La Junta Directiva se reunirá con la periodicidad necesaria para el adecuado cumplimiento de sus funciones, dejando constancia de sus deliberaciones y decisiones en las actas correspondientes. Las decisiones deberán adoptarse con base en información suficiente, oportuna y verificable, promoviendo la participación activa de sus miembros y el análisis riguroso de los asuntos sometidos a consideración.

g. Acceso a Información: Los miembros de la Junta Directiva tendrán acceso pleno y oportuno a la información relevante para el ejercicio de sus funciones. La administración deberá garantizar la entrega de dicha información con la debida anticipación y calidad.

h. Apoyo y Asesoría: Cuando las circunstancias lo requieran, la Junta Directiva podrá apoyarse en asesores externos independientes para fortalecer la calidad de sus decisiones. Estos deberán actuar con objetividad, confidencialidad y sin conflictos de interés.

i. Desarrollo y Profesionalización: La sociedad AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S promoverá el fortalecimiento continuo de las capacidades de los miembros de la Junta Directiva mediante procesos de inducción, actualización y formación en temas estratégicos, legales y de negocio.

j. Remuneración y Evaluación: La Junta Directiva podrá definir criterios para la remuneración de la Alta Dirección, teniendo en cuenta la responsabilidad del cargo, el desempeño individual y los resultados de la Compañía. Así mismo, podrá establecer mecanismos de evaluación de su propia gestión y la de la administración, con el fin de asegurar un mejoramiento continuo.

i) Reuniones de la Junta Directiva: La Junta Directiva se reunirá con la periodicidad definida en los Estatutos o cuando las necesidades de la Compañía lo exijan, garantizando el adecuado ejercicio de sus funciones. Sin perjuicio de lo anterior, podrán celebrarse reuniones extraordinarias cuando las circunstancias lo ameriten, previa convocatoria conforme a las reglas establecidas. Al menos una vez al año, la Junta Directiva llevará a cabo una sesión de carácter estratégico, orientada a analizar el rumbo del negocio, evaluar resultados y definir directrices para el desarrollo futuro de la Compañía.

j) Actas y toma de decisiones: De cada reunión se levantará un acta en la que se dejará constancia de las deliberaciones, decisiones adoptadas y de los elementos relevantes que sirvieron de soporte para las mismas. Cuando las decisiones no sean adoptadas por unanimidad, se deberán registrar las diferentes posiciones expresadas, así como sus fundamentos. Igualmente, se dejará constancia de cualquier situación de conflicto de interés manifestada por los miembros de la Junta. Las actas constituirán el soporte formal de las decisiones y, cuando corresponda, estas podrán ser comunicadas a los accionistas o a terceros conforme a los mecanismos definidos por la sociedad

k). Planeación y convocatoria: La Junta Directiva aprobará un calendario anual de reuniones ordinarias, sin perjuicio de aquellas sesiones adicionales que deban realizarse. Las convocatorias serán realizadas por el Secretario mediante medios idóneos, asegurando oportunidad y claridad en el orden del día.

l. Reuniones sin presencia de la administración: La Junta Directiva podrá sesionar sin la participación de la administración cuando lo considere conveniente, con el fin de deliberar con independencia. Las decisiones adoptadas en estas reuniones tendrán plena validez siempre que cumplan con los requisitos legales y estatutarios.

m. Acceso a la información: Los miembros de la Junta Directiva deberán contar con acceso oportuno, suficiente y pertinente a la información necesaria para el análisis de los asuntos sometidos a su consideración. La administración garantizará la entrega de dicha información con una antelación razonable a cada reunión, a través de medios que permitan su adecuada revisión.

n. Presidente de la Junta Directiva: La Junta Directiva designará de entre sus miembros un Presidente, quien será responsable de liderar su funcionamiento, coordinar la agenda de trabajo y promover la participación activa y efectiva de sus integrantes.

Le corresponderá, además, orientar el desarrollo de las sesiones, propiciar discusiones constructivas y facilitar la adecuada interacción entre la Junta, la administración y los accionistas.

o. Secretario de la Junta Directiva: La Junta Directiva contará con un Secretario designado por la misma, quien tendrá a su cargo la adecuada gestión administrativa del órgano. En particular, le corresponderá; 1) Convocar las reuniones y coordinar su desarrollo, 2) Garantizar la entrega oportuna de la información a los miembros de la Junta 3) Elaborar y custodiar las actas, así como expedir las certificaciones correspondientes, 4) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y del presente Código en lo relacionado con el funcionamiento de la Junta.

p. Agenda de trabajo: Las reuniones de la Junta Directiva se estructurarán con base en una agenda previamente definida, alineada con los objetivos estratégicos de la Compañía. Dicha agenda será elaborada de manera coordinada entre el Presidente de la Junta y el Secretario, incorporando los temas relevantes del negocio, riesgos, seguimiento a la gestión y demás asuntos que requieran atención.

q. Inducción y capacitación: La Compañía promoverá la adecuada preparación de los miembros de la Junta Directiva mediante procesos de inducción y formación continua. Estos procesos estarán orientados a fortalecer el conocimiento del negocio, las responsabilidades del cargo, el entorno regulatorio y los retos estratégicos de la organización, contribuyendo así a una toma de decisiones informada y responsable.

r. Designación de la Alta Dirección: Corresponde a la Junta Directiva la designación y remoción del Representante Legal y de los principales directivos de la Compañía. Así mismo, será responsable de nombrar a los miembros de los comités que se constituyan, velando porque su integración responda a los perfiles y competencias necesarios para el adecuado y eficiente cumplimiento de sus funciones, cuando a ello haya lugar.

Para tales efectos, se evaluarán criterios de idoneidad, experiencia, liderazgo y alineación con los principios corporativos.

REPRESENTANTE LEGAL

Es un mandatario con representación, investido de funciones ejecutivas y administrativas y, como tal, tiene a su cargo la representación legal de la sociedad, la gestión comercial y financiera, la responsabilidad de la acción administrativa, Ja coordinación y supervisión general de la empresa, las cuales cumplirán con arreglo a la norma general de sus estatutos y con sujeción a las disposiciones legales y a las ordenes e instrucciones de la Asamblea de accionistas.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL REPRESENTANTE LEGAL

a) Ejecución de decisiones sociales. Gestionar y hacer cumplir los acuerdos y decisiones adoptadas por la Asamblea General de Accionistas y la Junta Directiva.

b) Dirección del talento humano. Nombrar y remover libremente a los empleados de su dependencia, así como a aquellos cuya designación le haya sido delegada por la Junta Directiva.

c) Relación y reporte a la Junta Directiva. Convocar a la Junta Directiva cuando lo estime conveniente y mantenerla debidamente informada sobre la marcha de los negocios sociales. Así mismo, someter a su consideración los estados financieros e informes que resulten necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones.

d) Informe de gestión a la Asamblea. Presentar a la Asamblea General de Accionistas, en su reunión ordinaria, el informe de gestión junto con las recomendaciones que estime pertinentes para la adecuada marcha de la Compañía.

e) Otras funciones legales y estatutarias. Ejercer las demás funciones que le asignen la ley, los Estatutos o los órganos sociales en desarrollo de sus competencias.

f) Facultades de representación y actuación. En su calidad de Representante Legal, el Gerente estará facultado para celebrar y ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social, así como aquellos que sean necesarios, conexos o complementarios para el desarrollo de la Compañía, sin más limitaciones que las establecidas en la ley o en los Estatutos.

g) Facultades especiales. El Gerente contará con facultades para: transigir, conciliar, comprometer en arbitraje, promover y atender procesos judiciales, administrativos o de cualquier naturaleza en los que la Compañía tenga interés; interponer y desistir de recursos; novar obligaciones; recibir o dar bienes en pago; constituir apoderados judiciales o extrajudiciales, delegar funciones y revocar mandatos.

COMITÉ DE AUDITORIA

El Comité de Auditoría de AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S estará conformado por tres (3) miembros designados por la Junta Directiva, procurando la participación de integrantes independientes y garantizando que al menos uno de ellos cuente con conocimientos o experiencia en materia financiera o contable. El Comité designará de su seno un Presidente y un Secretario.

Este Comité tendrá como propósito apoyar a la Junta Directiva en la supervisión del sistema de control interno, el adecuado funcionamiento de los procesos contables y financieros, y el fortalecimiento de los mecanismos de control de la Compañía.

En desarrollo de lo anterior, le corresponderá realizar seguimiento a la calidad y confiabilidad de la información financiera, así como velar por una adecuada coordinación con la revisoría fiscal y demás instancias de control.

Así mismo, supervisará que los procedimientos internos se encuentren alineados con los objetivos, estrategias y necesidades de la Compañía, promoviendo la eficiencia en las operaciones, la transparencia en la gestión y el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA

a) Control interno. Definir la estructura, procedimientos, metodologías necesarias para el funcionamiento del sistema de control interno y supervisar las funciones y actividades de su implementación.

b) Propuesta de Revisor Fiscal. Proponer a la Junta Directiva los candidatos a Revisor Fiscal, junto con sus condiciones de contratación, para su posterior elección por parte de la Asamblea de Accionistas.

c) Relacionamiento con la Revisoría Fiscal. Realizar reuniones periódicas con la Revisoría Fiscal y supervisar la calidad y efectividad de sus servicios

d) Seguimiento. Velar por que la alta dirección atienda las recomendaciones y conclusiones de la Revisoría Fiscal y de control interno.

e) Evaluación de información financiera. Conocer y evaluar el procedimiento de preparación, presentación y revelación de información financiera.

f) Revisión. Recibir el informe final de auditoría financiera y estudiar los estados financieros para someterlos a consideración de la Junta Directiva.

g) Supervisión de la gestión de riesgos. Supervisar e informar periódicamente a la Junta Directiva sobre la aplicación de la política de riesgos, así como sobre actividades o hallazgos que requieran su conocimiento o aprobación.

h) Informes. Emitir conceptos e informar a la junta directiva sobre las operaciones relevantes que se vayan a realizar con clientes.

i) Programación de pagos. Gestionar y programar las devoluciones de depósito, luego de una previa liquidación.

j) Seguimiento de cartera. Generar el informe a la junta directiva de las acciones de cobro y jurídicas a que haya lugar.

k. Gestión de conflictos de interés. Evaluar y asesorar a la administración sobre las situaciones de conflicto de interés que involucren a accionistas o a miembros de la Junta Directiva o de la alta gerencia.

l) Quórum y toma de decisiones. Sesionar con la presencia de tres (3) de sus miembros, incluyendo al menos uno (1) que haga parte de la Junta Directiva. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los integrantes presentes, requiriéndose en todo caso el voto favorable de al menos un miembro de la Junta Directiva.

m) Supervisión de cumplimiento (SAGRILAFT y PTEE) Analizar y pronunciarse sobre los informes de gestión emitidos por el Oficial de Cumplimiento y los informes de auditoría relacionados con la implementación del SAGRILAFT y el PTEE, así como recomendar medidas correctivas en caso de que la entidad deba implementar estos sistemas por obligación legal.

COMITÉ DE RIESGOS Y ANÁLISIS

El Comité de Riesgos de AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S estará conformado por tres (3) miembros de la Junta Directiva y podrán asistir como invitados, el representante legal, el contador y otros funcionarios de la sociedad de acuerdo con la pertinencia de los temas a tratar en las reuniones.

El Comité de Riesgos tiene como función primordial servir de apoyo en la aprobación, seguimiento y control de las estrategias y políticas para la administración de los riesgos. Adicionalmente, apoya a la Junta Directiva en el conocimiento y comprensión de los riesgos que asume la sociedad.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE RIESGOS Y ANÁLISIS

  • Proponer a la Junta Directiva las políticas y lineamientos en materia de gestión de riesgos.
  • Definir y aprobar las metodologías para la identificación, medición y control de los riesgos.
  • Supervisar la eficacia de los sistemas de administración de riesgos y su alineación con la estrategia de la Compañía.
  • Evaluar periódicamente los indicadores de riesgo y promover acciones para su mitigación.
  • Presentar a la Junta Directiva propuestas sobre el apetito de riesgo y sus criterios de medición.
  • Verificar la adecuada asignación de recursos para la gestión de riesgos.
  • Proponer y hacer seguimiento al sistema de seguridad de la información.
  • Evaluar los riesgos emergentes, incluyendo aquellos de carácter social, ambiental o tecnológico, cuando resulten aplicables.
  • Informar a la Junta Directiva sobre situaciones relevantes que puedan afectar el perfil de riesgo de la Compañía.
  • Cumplir las funciones que le asigne la ley o la Junta Directiva, en el marco de su competencia.
  • Sesionar con la presencia de tres (3) de sus miembros, incluyendo al menos uno (1) que haga parte de la Junta Directiva. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los integrantes presentes, requiriéndose en todo caso el voto favorable de al menos un miembro de la Junta Directiva.
  • El resto de funciones que la ley o normas le atribuyan a este comité.
  • Ejercer las demás funciones que delegue la Junta Directiva o que le correspondan sobre la base de sus responsabilidades.

COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

En desarrollo de su compromiso con el bienestar de sus colaboradores y la adecuada gestión de las relaciones laborales, la compañía establece el Comité Laboral como un mecanismo orientado a la promoción de ambientes de trabajo respetuosos, armónicos y alineados con la normativa vigente.

El Comité Laboral contribuirá al fortalecimiento de una cultura organizacional basada en el respeto, la equidad y la sana convivencia, promoviendo la adecuada gestión de las situaciones laborales que puedan surgir en el desarrollo de las actividades. Así mismo, actuará como un canal de apoyo y articulación entre la empresa y sus colaboradores, facilitando la atención, seguimiento y resolución de situaciones que impacten el clima laboral.

En este sentido, la Alta Dirección evaluará periódicamente las condiciones laborales y el clima organizacional, teniendo en cuenta los reportes internos, las situaciones presentadas, las acciones implementadas y los resultados obtenidos. Las conclusiones de dicha evaluación serán documentadas y comunicadas a los responsables correspondientes, con el fin de adoptar de manera oportuna las medidas preventivas, correctivas o de mejora que contribuyan al fortalecimiento del entorno laboral.

Estará conformado por cinco miembros, dos elegidos por loa junta directiva y tres por los empleados.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

  • Diseñar, implementar y hacer seguimiento a estrategias y planes de acción orientados a la prevención y atención de situaciones de acoso laboral.
  • Recibir, analizar y gestionar las quejas presentadas por los colaboradores, en las cuales se expongan hechos que puedan constituir acoso laboral, junto con los soportes correspondientes.
  • Evaluar, bajo estricta confidencialidad, los casos concretos en los que se aleguen conductas que puedan configurar acoso laboral dentro de la organización.
  • Escuchar de manera individual y objetiva a las partes involucradas, garantizando el debido proceso y el respeto por cada una de ellas.
  • Propiciar espacios de diálogo entre las partes, orientados a la construcción de acuerdos y soluciones efectivas que favorezcan la sana convivencia laboral.
  • Establecer, de común acuerdo, planes de mejora que promuevan ambientes laborales respetuosos, asegurando la reserva de la información tratada.
  • Verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por las partes, realizando el seguimiento correspondiente.
  • Emitir recomendaciones al área de Talento Humano para la implementación de medidas preventivas y correctivas frente a situaciones identificadas.
  • En caso de no lograrse acuerdos o evidenciarse incumplimientos reiterados, remitir el caso a la instancia disciplinaria correspondiente, sin perjuicio de las acciones legales que puedan ejercer las partes.
  • Realizar seguimiento a la implementación de las recomendaciones emitidas a las áreas responsables, especialmente Talento Humano y Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Elaborar informes periódicos de gestión que incluyan estadísticas, análisis de casos, acciones implementadas y propuestas de mejora, los cuales serán presentados a la alta dirección.
  • Sesionar de manera ordinaria al menos una vez cada tres (3) meses, y de forma extraordinaria cuando la situación lo requiera, previa convocatoria de cualquiera de sus integrantes.
  • Velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de acoso laboral. En caso de evidenciarse deficiencias en la gestión del Comité, la Gerencia adoptará las medidas necesarias para su fortalecimiento.
  • Asistir puntualmente a las reuniones programadas o presentar excusa justificada con la debida anticipación, con el fin de garantizar la participación de los suplentes.
  • Suscribir acuerdos de confidencialidad respecto de la información conocida en ejercicio de sus funciones.
  • Participar activamente en la toma de decisiones, contribuyendo a la construcción de consensos.
  • Fortalecer sus competencias mediante la participación en procesos de formación relacionados con sus funciones.
  • Cumplir con las tareas y responsabilidades asignadas por el Comité para el adecuado desarrollo de su gestión.

COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (COPASST):

El COPASST contribuirá de manera permanente al fortalecimiento de una cultura de prevención y mejora continua, promoviendo entornos de trabajo seguros y saludables. Así mismo, actuará como un canal efectivo de comunicación entre la empresa y sus colaboradores, facilitando la socialización, seguimiento y consolidación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

En este sentido, la Alta Dirección evaluará anualmente el desempeño del SG-SST, teniendo en cuenta las modificaciones en los procesos, los resultados de la supervisión y medición, las auditorías internas y externas, así como los demás informes que permitan valorar su eficacia. Las conclusiones de dicha evaluación serán debidamente documentadas y sus resultados relevantes comunicados al COPASST y a los responsables de cada componente del sistema, con el fin de asegurar la implementación oportuna de acciones preventivas, correctivas y de mejora continua.

Estará conformado por cinco miembros, dos elegidos por loa junta directiva y tres por los empleados.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (COPASST):

  • Proponer a la administración la adopción de medidas y el desarrollo de actividades orientadas a prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como a mantener condiciones adecuadas de salud y seguridad en los lugares de trabajo.
  • Proponer y participar en actividades de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo, dirigidas a todos los niveles de la organización, promoviendo una cultura de prevención.
  • Colaborar con las autoridades competentes en Seguridad y Salud en el Trabajo en las actividades de inspección, vigilancia y control que adelanten en la empresa, y recibir los informes correspondientes.
  • Vigilar el cumplimiento de las normas en materia de medicina, higiene y seguridad industrial, así como del Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, promoviendo su divulgación y observancia.
  • Participar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, y proponer a la administración las medidas correctivas y preventivas a que haya lugar.
  • Realizar inspecciones periódicas a los lugares de trabajo, evaluando ambientes, equipos, herramientas y procesos, e informar al empleador sobre factores de riesgo, sugiriendo las medidas de control correspondientes.
  • Estudiar y considerar las sugerencias presentadas por los trabajadores en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Servir como canal de comunicación entre el empleador y los trabajadores para la gestión y solución de situaciones relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Tramitar los reclamos o inquietudes de los trabajadores relacionados con condiciones de trabajo que puedan afectar su salud o seguridad.
  • Solicitar y analizar periódicamente los informes sobre accidentalidad y enfermedades laborales, con el fin de hacer seguimiento y recomendar acciones de mejora.
  • Sesionar de manera ordinaria al menos una vez cada tres (3) meses, y de forma extraordinaria cuando la situación lo requiera, previa convocatoria de cualquiera de sus integrantes.

COMITÉ DE INVERSIONES

Los integrantes del Comité de inversiones serán designados por la Junta Directiva de AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S., en atención a criterios de idoneidad, experiencia y confianza, para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Estará integrado por tres miembros. No obstante, la Junta Directiva se reserva la facultad de modificar la composición del Comité, reemplazar a cualquiera de sus integrantes o disponer su remoción en cualquier momento, cuando lo considere conveniente para los intereses de la Sociedad o el adecuado funcionamiento del Comité.

El Comité de Inversiones apoyará a la Junta Directiva en la definición, evaluación y seguimiento de las decisiones de inversión de la organización, así como en la adecuada gestión de la relación entre activos y pasivos.

Lo anterior se realizará con base en criterios técnicos, financieros y estratégicos orientados a la optimización de la rentabilidad, la sostenibilidad y la gestión del riesgo, promoviendo especialmente el desarrollo de proyectos productivos y de infraestructura con enfoque de mediano y largo plazo.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES

a. Proponer a la administración y a la Junta Directiva lineamientos, estrategias y oportunidades de inversión que contribuyan a la rentabilidad y sostenibilidad del portafolio de la compañía.

b. Analizar y evaluar alternativas de inversión, considerando variables como riesgo, rentabilidad, liquidez y alineación con los objetivos estratégicos de la organización.

c. Participar en la definición de políticas y criterios de inversión, promoviendo buenas prácticas y una adecuada gestión del riesgo financiero.

d. Supervisar el cumplimiento de las políticas de inversión aprobadas, así como de la normatividad aplicable y los lineamientos internos establecidos por la compañía.

e. Evaluar periódicamente el desempeño de las inversiones realizadas, identificando desviaciones frente a los resultados esperados y proponiendo las acciones correctivas a que haya lugar.

f. Realizar seguimiento continuo al comportamiento del mercado y a las condiciones económicas que puedan impactar las decisiones de inversión, informando oportunamente a la administración.

g. Estudiar y considerar las recomendaciones presentadas por la administración, asesores externos o áreas financieras relacionadas con oportunidades o ajustes en el portafolio.

h. Servir como instancia de apoyo y coordinación entre la administración y la Junta Directiva en materia de decisiones estratégicas de inversión.

i. Analizar y conceptuar sobre operaciones de inversión relevantes, incluyendo adquisiciones, desinversiones o restructuración del portafolio.

j. Solicitar y revisar informes periódicos sobre el estado del portafolio de inversiones, con el fin de hacer seguimiento a su desempeño y recomendar acciones de mejora

LINEAMIENTOS DE ACTUACIÓN, DERECHOS Y RESPONSABILIDADES CORPORATIVAS

Las disposiciones del presente capítulo aplican a todos los miembros de la Afianzadora, incluyendo accionistas, miembros de Junta Directiva, administradores, colaboradores, intermediarios, contratistas y cualquier persona que actúe en nombre o representación de la Compañía.

DERECHOS

  • Ser tratados con respeto, dignidad y sin discriminación alguna.
  • Desarrollar sus funciones en un ambiente laboral seguro, sano y libre de acoso.
  • Recibir información clara sobre sus funciones, responsabilidades y políticas internas.
  • Acceder a canales confidenciales para consultas éticas y denuncias.
  • Ser protegidos cuando actúen de buena fe y conforme a este Código.
  • Contar con igualdad de oportunidades y trato justo en procesos internos.
  • Contar con lineamientos claros sobre la gestión de riesgos, control interno y cumplimiento normativo.
  • Recibir capacitación periódica en temas de ética, gobierno corporativo, prevención de riesgos y normatividad aplicable.
  • Ser escuchados de manera objetiva y respetuosa en procesos disciplinarios o evaluativos.
  • Conocer los criterios de evaluación de desempeño aplicables a su rol.
  • Que su información personal sea tratada conforme a la legislación de protección de datos.
  • Acceder a procesos disciplinarios objetivos, imparciales y con respeto al debido proceso.
  • Conocer oportunamente las decisiones que afecten el ámbito laboral, contractual o funcional, junto con su debida justificación.
  • Recibir retroalimentación clara, objetiva y periódica sobre su desempeño.
  • Contar con condiciones adecuadas de trabajo, herramientas y recursos necesarios para el cumplimiento eficiente de sus funciones.
  • Ser informados oportunamente sobre cambios relevantes en políticas, procesos o lineamientos que impacten su rol.
  • Presentar inquietudes, sugerencias o propuestas de mejora relacionadas con la gestión, el control y la cultura organizacional.
  • Recibir reconocimiento justo y equitativo por el cumplimiento responsable de sus funciones, conforme a las políticas internas.
  • Contar con mecanismos de conciliación y resolución interna de conflictos.
  • Recibir información y formación sobre los riesgos inherentes a su cargo y las medidas de mitigación aplicables.

DEBERES

  • Obrar con ética, integridad, lealtad y buena fe en todas sus actuaciones.
  • Cumplir la ley, los estatutos sociales, el Código de Gobierno Corporativo, el Código de Ética y las políticas internas.
  • Evitar cualquier situación que genere o pueda generar conflicto de interés.
  • Proteger la información confidencial y privilegiada de la Compañía.
  • Cuidar los activos físicos, financieros, tecnológicos y reputacionales de la Afianzadora.
  • Abstenerse de realizar conductas que puedan afectar la imagen, reputación o sostenibilidad de la entidad.
  • Garantizar un trato justo, sin prácticas discriminatorias o abusivas.
  • Abstenerse de realizar promesas, ofrecimientos o compromisos no autorizados.
  • Proteger los intereses de los clientes, evitando asesorías engañosas o incompletas.
  • Informar de manera clara y veraz sobre productos, condiciones y riesgos.
  • Seleccionar proveedores con criterios objetivos, técnicos y éticos.
  • Prevenir y reportar prácticas anticompetitivas o colusorias.
  • Utilizar los recursos financieros, tecnológicos y físicos exclusivamente para fines corporativos.
  • Cumplir las políticas de seguridad de la información y ciberseguridad.
  • Reportar incidentes que afecten o puedan afectar la integridad de los activos.
  • Evitar el uso indebido del nombre, imagen o reputación de la Afianzadora.
  • Garantizar la veracidad y exactitud de la información que reportan.
  • Abstenerse de ocultar, manipular o alterar información relevante.
  • Utilizar los canales oficiales para comunicaciones internas y externas.
  • Proteger la información confidencial y privilegiada, incluso después de finalizada la relación con la Afianzadora.
  • Reportar condiciones inseguras o conductas que pongan en riesgo a las personas o a la organización.
  • Dar ejemplo de conducta ética y cumplimiento.
  • Tomar decisiones informadas, responsables y alineadas con el apetito de riesgo definido.
  • Supervisar eficazmente a sus equipos.
  • Garantizar la implementación y seguimiento de las políticas corporativas.

PROHIBICIONES

  • Aceptar, directa o indirectamente, por sí o a través de familiares, amigos o terceros, dineros, dádivas, atenciones, regalos, favores sustanciales o cualquier tipo de beneficio, cuya cuantía o frecuencia pueda razonablemente interpretarse como destinada a obtener una ventaja indebida por parte de un tercero, o que tenga la potencialidad de influir en la ejecución u omisión de funciones, o de afectar la objetividad y la sana toma de decisiones, ya sea de manera inmediata o futura.
  • Efectuar o definir contratos, o tomar decisiones que favorezcan a familiares o amigos.
  • Celebrar operaciones con personas sobre las cuales existan indicios de que participan o han participado en actividades delictivas.
  • Agredir, maltratar, o cometer cualquier forma de vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana.
  • Adoptar retaliaciones por el cumplimiento del deber ético de denunciar contra funcionarios, clientes y usuario.
  • Permitir el incumplimiento de normas o políticas establecidas por la Compañía argumentando lealtad por parte de funcionarios o jefes.
  • Presentar y/o aceptar conductas indebidas o que atenten contra la moral y las buenas costumbres en reuniones sociales internas o gremiales, que comprometan la imagen de la Compañía.
  • Promover o facilitar a clientes y proveedores y demás grupos de interés, prácticas que tengan como objeto la evasión o elusión fiscal.
  • Omitir el diligenciamiento de los formatos de Sagrilaft.

CONFLICTO DE INTERÉS

Se entenderá por conflicto de interés cualquier situación o circunstancia en la que los intereses particulares, ya sean de carácter personal, profesional o económico, de los funcionarios o de terceros con los que la sociedad Afianzadora sostenga relaciones contractuales relevantes, que afecten o puedan afectar, de forma directa o indirecta, la imparcialidad, autonomía y probidad exigidas en el desempeño de sus funciones, generando un posible perjuicio para los intereses de la Afianzadora.

A continuación, se expone una lista enunciativa de lo que podría considerarse conflicto de intereses, sin que ello, limite su aparición en otros escenarios:

  • Priorizar o beneficiar los intereses de otra entidad en la que ejerza funciones similares o diferentes, en perjuicio de los intereses institucionales de la Afianzadora.
  • Mantener participaciones, vínculos económicos o intereses financieros en operaciones o decisiones de la Afianzadora que afecten su imparcialidad, autonomía o criterio independiente.
  • Omitir, retrasar o abstenerse de iniciar investigaciones, evaluaciones o reportes relacionados con el SAGRILAFT, por razones ajenas al cumplimiento de sus deberes funcionales.
  • Adelantar revisiones, análisis o investigaciones sobre operaciones, transacciones o decisiones en las que haya tenido participación previa, directa o indirecta, en el ejercicio de su cargo.
  • Utilizar su posición, autoridad o acceso a información para obtener ventajas personales, económicas o de cualquier otra naturaleza, para sí mismo, sus familiares o personas con las que mantenga relaciones cercanas.
  • Subordinar la adecuada implementación, supervisión o eficacia del SAGRILAFT al cumplimiento de objetivos personales, metas individuales, indicadores de desempeño u otros intereses particulares.
  • Incurrir en cualquier conducta que desconozca los principios, valores y estándares éticos de la Afianzadora, o que ponga en riesgo la efectividad de los sistemas de prevención y control.
  • Encontrarse frente a cualquier circunstancia que, por su naturaleza, genere duda razonable sobre su independencia o imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.

En todos los casos, los funcionarios deberán revelar de manera inmediata cualquier situación real, potencial o aparente de conflicto de interés y abstenerse de intervenir en las decisiones o actuaciones relacionadas, conforme a los procedimientos internos establecidos.

PREVALENCIA DEL INTERÉS SOCIAL

Los accionistas, administradores, directivos, colaboradores, contratistas e intermediarios vinculados a AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S, en desarrollo de sus funciones y en cumplimiento de su deber de lealtad hacia la sociedad, deberán actuar siempre en beneficio del interés social de la compañía.

En consecuencia, cuando se presente o pueda presentarse una situación de conflicto de interés, deberán anteponer los intereses de la sociedad sobre cualquier interés personal, familiar, profesional o económico, absteniéndose de participar en decisiones, deliberaciones o actuaciones en las que dicho conflicto pueda comprometer su independencia o imparcialidad.

El tratamiento de los conflictos de interés deberá realizarse conforme a los procedimientos internos establecidos en el presente Código y en las políticas corporativas de la compañía.

RESPONSABILIDAD AMBIENTAL Y ECOEFICIENCIA

AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S asume el cuidado del entorno como parte de su responsabilidad corporativa y orienta sus actividades bajo criterios de sostenibilidad. En el desarrollo de sus operaciones, la compañía promueve una gestión consciente frente al impacto de sus decisiones, procurando prevenir o reducir afectaciones al medio natural y fomentar entre sus colaboradores, aliados y proveedores una cultura de respeto y compromiso con la protección ambiental.

En ese sentido, la sociedad impulsa prácticas de ecoeficiencia encaminadas a optimizar el uso de recursos como la energía, el agua y los insumos necesarios para su operación, así como la adopción de criterios responsables en sus procesos internos y en la selección de bienes y servicios. Con ello, AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S. busca fortalecer una gestión empresarial responsable, generar valor para sus grupos de interés y contribuir al desarrollo sostenible.

POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS

Contamos con políticas claras que guían nuestra gestión:

  • Políticas de riesgos y control interno.
  • Prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Procedimientos de conflicto de intereses y toma de decisiones responsables.

INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA

El modelo de Gobierno Corporativo de AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S se construye sobre pilares que garantizan una gestión ordenada, confiable y alineada con los intereses de la organización. La responsabilidad en la toma de decisiones, la eficiencia en el uso de los recursos y la claridad en la información constituyen los ejes que orientan la conducción estratégica y operativa de la sociedad.

Como parte de este compromiso, AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S adopta prácticas que aseguran un flujo de información comprensible, suficiente y accesible, mediante el cual los distintos grupos de interés pueden conocer la identidad de la compañía, su estructura de dirección, los criterios que sustentan sus decisiones y los objetivos que persigue en el desarrollo de su actividad. Este enfoque fortalece la confianza, promueve una participación informada y respalda una rendición de cuentas clara y coherente.

En este contexto, la Junta Directiva asume la responsabilidad de definir y aplicar los criterios de divulgación de la información relevante, procurando un equilibrio entre la transparencia, la protección de la información sensible y el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y regulatorias aplicables.

NORMAS ESPECIALES DE TRANSPARENCIA

En ejercicio de las funciones que la ley le asigna y en coherencia con su responsabilidad frente a clientes, beneficiarios y autoridades, la Afianzadora promueve una gestión transparente y accesible. A través de sus canales institucionales, pone a disposición del público información relevante sobre su estructura organizacional, políticas internas, procesos operativos, condiciones de los productos, mecanismos de atención y demás aspectos exigidos por la normativa vigente.

Más allá del estricto cumplimiento legal en materia de transparencia y acceso a la información, la Afianzadora adopta prácticas de autorregulación orientadas a fortalecer la confianza del mercado.

MECANISMOS DE REVELACIÓN DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

La Afianzadora dispone de mecanismos claros, oportunos y confiables para la revelación de información y la comunicación con sus grupos de interés, en cumplimiento de las normas de transparencia aplicables. Sin perjuicio de las obligaciones legales vigentes, la entidad utiliza su sitio web institucional como canal oficial para la divulgación de información relevante sobre su gestión, productos, políticas y servicios.

De manera complementaria, la Afianzadora implementa estrategias y herramientas de comunicación adicionales que fortalecen la interacción y el acceso a la información, tales como comunicaciones digitales, boletines informativos, canales electrónicos y otros medios adecuados a las necesidades de sus clientes, aliados y autoridades, garantizando así una comunicación abierta, accesible y permanente.

CANALES DE COMUNICACIÓN

Disponemos de mecanismos seguros y confidenciales para reportar dudas, consultas o irregularidades:

  • Sitio Web Institucional: https://www.al2.info
  • Correo electrónico: consumer@al2.info
  • Línea ética:

El objetivo de AL2 INVESTMENT COLOMBIA S.A.S es construir relaciones sólidas basadas en la confianza y la integridad, garantizando que cada compromiso adquirido sea cumplido con la máxima responsabilidad y transparencia.

AMBIENTE DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS

Con el propósito de consolidar una cultura organizacional basada en la integridad, la transparencia y el estricto cumplimiento normativo, la Afianzadora ha adoptado el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SAGRILAFT) y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE). Estas herramientas se implementan en armonía con los principios de gobierno corporativo, la legislación aplicable y las políticas internas de la entidad, reafirmando una postura de cero tolerancias frente a conductas ilícitas, irregulares o contrarias a la ética.

El presente código establece los lineamientos, criterios y responsabilidades que rigen la estructura de gobernanza y la gestión integral de los riesgos asociados al lavado de activos (LA), la financiación del terrorismo (FT), el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM), así como a la corrupción y el soborno transnacional (C/ST). En este marco:

a. Se determinan las funciones y responsabilidades de la Junta Directiva, el Comité de Auditoría y el Comité de Riesgos y Análisis en la implementación, seguimiento y mejora continua del SAGRILAFT y el PTEE.

b. Se formaliza el compromiso de la Junta Directiva con la prevención y mitigación de los riesgos LA/FT/FPADM y C/ST, estableciendo un tono ético claro que orienta todas las decisiones y actuaciones de la Afianzadora.

c. Se comunica de manera expresa a colaboradores, clientes, proveedores y demás partes relacionadas el rechazo absoluto de la Afianzadora frente a cualquier conducta que facilite, encubra o promueva prácticas vinculadas con el LA/FT/FPADM y la C/ST.

CUMPLIMIENTO DE SAGRILAFT Y DEL PTEE

La correcta operación del SAGRILAFT y del PTEE depende del compromiso y la participación activa de toda la organización. Si bien existen responsabilidades claramente asignadas, la coordinación y articulación entre los distintos actores es esencial para garantizar su adecuado diseño, implementación, ejecución, seguimiento y efectividad.

En este marco, la Afianzadora ha definido dentro de su estructura corporativa, los órganos, áreas y procesos con responsabilidades específicas en materia de cumplimiento. De acuerdo con sus funciones, estos participan en la implementación y mantenimiento del SAGRILAFT y el PTEE, e integran el esquema de las tres líneas de defensa para la identificación, administración y control de los riesgos asociados al lavado de activos (LA), la financiación del terrorismo (FT), el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM) y la corrupción y soborno transnacional (C/ST).

FRENTE A LA GESTION DE RIESGOS

ROL DE JUNTA LA DIRECTIVA

  • Aprobar el Manual del Sagrilaft y el documento que contenga el PTEE, así como sus actualizaciones.
  • Nombrar al oficial de cumplimiento, garantizando la observancia de los requisitos normativos.
  • Garantizar que el oficial de cumplimiento tenga comunicación y línea de reporte directa con la Junta Directiva.
  • Velar por la autonomía del oficial de cumplimiento respecto de los órganos de auditoría y control interno.
  • Garantizar que la evaluación del Sagrilaft y el PTEE se incluya en plan anual de auditoría.
  • Asumir el compromiso con la prevención del riesgo de LA/FT/FPADM y C/ST y con la implementación del Sagrilaft y el PTEE.
  • Garantizar las medidas operativas, económicas, físicas, tecnológicas y de recursos necesarias para la puesta en marcha del Sagrilaft y el PTEE.
  • Establecer pautas y determinar los responsables de realizar auditorías sobre el cumplimiento y efectividad del Sagrilaft y el PTEE, en caso de considerarlo pertinente.
  • Promover el mensaje de cero tolerancias frente a actos de LA/FT/FPADM y C/ST.

ROL DEL COMITÉ DE AUDITORIA

  • Analizar y pronunciarse sobre los informes de gestión emitidos por el oficial de cumplimiento.
  • Presentar los informes de auditoría con relación a la implementación del Sagrilaft y el PTEE.
  • Presentar, junto con el oficial de cumplimiento, la propuesta del Sagrilaft y el PTEE, sus respectivos manuales y sus actualizaciones, para aprobación de la junta directiva.
  • Velar porque el Sagrilaft y el PTEE se articulen con la estructura de buen Gobierno Corporativo.
  • Estudiar los resultados de la evaluación del riesgo de LA/FT/FPADM y C/ST hecha por el oficial de cumplimiento y establecer los planes de acción que correspondan.
  • Asignar de manera eficiente los recursos técnicos y humanos necesarios, determinados por la junta directiva, para implementar el Sagrilaft y el PTEE.
  • Verificar que el oficial de cumplimiento cuente con la disponibilidad y capacidad técnica, operativa y económica necesaria para desarrollar sus funciones.
  • Prestar apoyo al oficial de cumplimiento en el diseño, dirección, supervisión y monitoreo del Sagrilaft y el PTEE.
  • Promover el mensaje sobre la importancia de la prevención de conductas de LA/FT/ FPADM y C/ST, así como el rechazo frente a actos relacionados con estas conductas.
  • Certificar ante la Superintendencia de Sociedades, o a quien corresponda, el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Sagrilaft y el PTEE.

ROL DEL COMITÉ DE RIESGOS Y ANALISIS

  • Analizar y pronunciarse sobre los informes de gestión emitidos por el oficial de cumplimiento.
  • Presentar las medidas correctivas derivadas de los informes de auditoría.
  • Presentar a tiempo los formularios de vinculación Sagrilaft.

DISPOSICIONES FINALES

VIGENCIA

Los lineamientos de gobierno corporativo de la Afianzadora y de las entidades que integran su red entrarán en aplicación a partir de su aprobación por la Junta Directiva. A partir de ese momento, el área responsable de gobierno corporativo asumirá la tarea de divulgarlos y garantizar su adecuada comunicación a todos los colaboradores, así como a los distintos grupos de interés y a las entidades vinculadas. Asimismo, la Junta Directiva será responsable de formalizar su implementación mediante los instrumentos que correspondan según su naturaleza y marco jurídico, tales como modificaciones estatutarias, adopción de reglamentos, expedición de políticas internas, lineamientos operativos o ajustes a los procesos existentes.

Con el fin de promover estándares coherentes de buen gobierno más allá de las entidades controladas, la Afianzadora desarrollará una estrategia orientada a incentivar la adopción de prácticas similares en aquellas entidades en las que no ejerza control. Para tal efecto, contará con el acompañamiento y apoyo de los miembros de junta directiva designados por la Afianzadora.

REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN

Los lineamientos serán objeto de evaluación periódica con el fin de verificar su pertinencia y vigencia, así como de introducir los ajustes o modificaciones que resulten necesarios de acuerdo con los cambios normativos y las necesidades operativas y estratégicas de la entidad y de las organizaciones que integran su red.

Toda actualización, modificación o ajuste en materia de gobierno corporativo que sea aprobada por la Junta Directiva deberá integrarse formalmente a los presentes lineamientos y comunicarse oportunamente a las entidades vinculadas bajo control, para su correspondiente adopción e implementación.

La Presidencia Ejecutiva estará facultada para efectuar la incorporación y divulgación de dichas actualizaciones, dejando constancia de la aprobación mediante la referencia al acta de la Junta Directiva en la que se hayan autorizado los cambios.

EL CUMPLIMIENTO

El cumplimiento de los presentes lineamientos y su adopción será responsabilidad de la respectiva junta directiva. La Afianzadora, velará por la efectiva aplicación de las medidas aquí previstas, en aras de fortalecer el gobierno corporativo de la organización y de la red en su conjunto.

PUBICACIÓN

Los lineamientos de gobierno corporativo de la entidad, así como cualquier modificación o actualización que se realice a los mismos, serán divulgados de manera oportuna a través de la página web corporativa, una vez hayan sido aprobados y adoptados formalmente por la Junta Directiva.